Cargando...

Preguntas Frecuentes

Sabemos que las deudas generan incertidumbre, por eso reunimos aquí las preguntas más comunes para darte claridad y tranquilidad en cada paso.

Este es un mito grande que provoca un miedo aún peor y el miedo te paraliza. Las deudas comerciales NO dan cárcel

Este es el miedo más grande, pero la respuesta es: no necesariamente. La ley está diseñada para proteger tu patrimonio esencial. Bienes como tu vivienda familiar pueden ser protegidos para que no entren en la liquidación. Nuestro trabajo es crear la estrategia correcta para que conserves lo que tanto te ha
costado construir.

Antes de notificar al demandado del proceso, el riesgo de embargo es alto. Sin embargo, una de las mayores protecciones de la ley de insolvencia es que, una vez aceptada tu solicitud, se suspenden todos los procesos de cobro y embargos en tu contra. Esto te da un respiro inmediato y el espacio para negociar sin presión.

A partir de la aceptación del proceso de insolvencia, NO te pueden cortar los servicios públicos.

Inicialmente, el proceso se reflejará en tu historial. Sin embargo, una vez cumplas con el acuerdo de pago, la ley ordena que seas eliminado de los reportes negativos en las centrales de riesgo. La insolvencia no es una mancha permanente, es el camino más rápido y estructurado para limpiar tu historial y tener un nuevo comienzo financiero.

La respuesta es Sí, de hecho, ese es nuestro objetivo: devolverte estabilidad financiera y paz para ti y tu familia. ¿Cuánto vale recuperar la tranquilidad de tu hogar y dormir sin la angustia de las deudas?

Opción 1. Cesación de pagos. Incumplimiento de dos o más obligaciones
con dos o más acreedores. Estas deudas deben representar al menos el 30%
del pasivo total.

Opción 2. Demandas. Tener dos o más demandas de cobro de obligaciones
dinerarias, de ejecución especial o restitución de bienes.

• Activos inferiores a 1.000 SMMLV excluyendo vivienda familiar y el vehículo,
si éste es una herramienta de trabajo.

• No controlante de sociedades. Participación accionaria menor al 50%.

El costo de un proceso de insolvencia varía según factores como el monto y tipo de deudas o la complejidad de cada caso. Por eso, lo primero es una asesoría inicial gratuita y confidencial, en la que revisamos a fondo tu situación. Allí podremos
entregarte una propuesta clara, con el valor exacto y un plan de pagos a tu medida, sin ningún compromiso.

Al contrario. Acogerse a la ley de insolvencia es el acto más honesto y responsable
que puedes hacer. Significa dar la cara a tus acreedores con una propuesta de pago
realista y ordenada, en lugar de simplemente desaparecer. Es reconocer una dificultad y usar las herramientas legales para resolverla.

Debes identificar las señales a tiempo, por ejemplo:

1. Usas una tarjeta de crédito para pagar otra.

2. Evitas contestar el teléfono por miedo a los cobradores.

3. El pago de deudas consume más del 50% de tus ingresos. Si te identificas, es hora de hablar.

La ley obliga a que el deudor presente su solicitud a través de un abogado si sus deudas superan los 40 SMLMV. Si tu deuda es inferior a este monto, puedes iniciar el trámite sin asesoría jurídica, pero esto no es recomendable porque la ley es compleja. Nuestro rol es ser tus estrategas y representantes: preparamos tu caso para maximizar las probabilidades de éxito, negociamos con los acreedores para conseguir el mejor acuerdo posible y te defendemos en las audiencias. Contar con un abogado experto no es un costo, es una inversión en tu tranquilidad y en el éxito de tu proceso.

Para garantizar que tu proceso de insolvencia avance de manera segura y con los mejores resultados, es fundamental acudir a un abogado especializado en el tema. Un profesional con experiencia podrá diseñar contigo la estrategia jurídica y contable adecuada para tu caso particular, acompañarte en cada etapa y representarte con solidez frente a tus acreedores.

¿Las dudas no te dejan dormir? Aquí están las respuestas.